Comisión Fiscal

La Comisión Fiscal tiene tres miembros que la integran durante tres años. Cada año, se renueva uno de los cargos. Los miembros pueden ser reelegidos, siempre y cuando se observen los criterios de elegibilidad de la comisión.

Tiene las siguientes atribuciones y deberes:

  1. Vigilar los libros y documentación contable que respalden los asientos volcados, fiscalizar la administración y comprobar el estado de caja y la existencia de los fondos, títulos y valores, de acuerdo a las leyes y el estatuto.
  2. Realizar sugerencias al Directorio sobre la encomienda del numeral anterior.
  3. Dictaminar cada año sobre la memoria, inventario, balance general y cuenta de gastos y recursos presentados por el Directorio a la asamblea ordinaria cuando cierra un ejercicio.
  4. Convocar a asamblea ordinaria cuando el Directorio omita hacerlo (previa intimación de 15 días al Directorio).
  5. Solicitar que se convoque a asamblea extraordinaria cuando lo juzgue necesario y el Directorio se niegue. Debe fundamentar su pedido ante la Dirección General de Registros, asociaciones civiles y fundaciones.
  6. Convocar, dando cuenta al organismo de control, a la asamblea extraordinaria cuando esta haya sido solicitada infructuosamente al Directorio por los asociados (de conformidad con el art. 14).
  7. Vigilar las operaciones de liquidación de LACNIC. La Comisión Fiscal cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezca la regularidad de la administración social.
  8. Ante denuncia de parte, investigar y resolver sobre presuntas incompatibilidades de los miembros de la Comisión Electoral.
  9. Más información: artículos 20 y 27, capítulo V, Estatuto Social de LACNIC.

Más información: Artículos 20 y 27, Capítulo V – Estatuto Social de LACNIC

Nombre País Período
Adriana Ibarra México Elecciones 2021 - hasta Elecciones 2024
Aristóteles Dantas Gaudêncio Brasil Elecciones 2022 - hasta Elecciones 2025
Hernán José Arcidiácono Argentina Elecciones 2023 - hasta Elecciones 2026 

Miembros anteriores 

CHK_LACNIC